Esta subida se debe al Real Decreto 20/2011 del 30 de diciembre del Gobierno de España de medidas
urgentes en materia presupuestaria, que establece una subida del 6% en el gravamen.
El valor del
impuesto se calcula mediante una fórmula que aplica el valor catastral por el tipo impositivo, que
es el coeficien
El Gobierno Central ha establecido mediante este real decreto una
subida del 6% del gravemen así como la diferenciación del siguiente valor catastral:
- Con valor
catastral inferior a 34.988,97 € el 0,40
- Con valor catastral superior a 34.988,96 € el 0,50
Por
último indicarles que esta información la pueden comprobar en su propio recibo donde verán el tipo
impositivo del 0,40 al igual que en años anteriores, que es lo que establece el Ayuntamiento,
mientras que indica que por el REAL DECRETO 20/2011 DE 30 DE DICIEMBRE del GOBIERNO DE ESPAÑA, se
establece una subida del 6%.