EL AYUNTAMIENTO DE EL RONQUILLO INFORMA NUEVA ORDENANZA DE CIVISMO:
ORDENANZA PARA FAVORECER LA
CONVIVENCIA CIUDADANA Y LA PROTECCIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS
NORMAS DE CONDUCTA QUE REPERCUTEN EN EL
DISFRUTE DEL PAISAJE URBANO DE EL RONQUILLO
-Realizar pintadas, grafitos y obras expresionales
gráficas. Infracciones que van desde los 100 € hasta los 1.000 €.
-Colocación de carteles, vallas,
rótulos, p ancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma de publicidad, anuncio o
propaganda sin autorización expresa del Ayuntamiento. Infracciones con multas que van desde los 120
€ a los 1.000 €.
-Práctica del Comercio Ambulante no autorizado de alimentos, bebidas y otros
productos. Infracciones con multas que van desde los 300 € a los 500 €.
-Desarrollar actitudes
vandálicas en el uso del mobiliario urbano, provocando el deterioro del espacio urbano. Infraciones
con multas que van desde los 750,01 € hasta los 3.000 €.
INFRACCIONES GRAVES. INFRACCIONES CON
MULTAS QUE VAN DESDE LOS 150,01 € HASTA LOS 1.500 €
-Obstaculizar los servicios públicos.
-Deteriorar los equipamientos, infraestructuras, instalaciones así como el mobiliario urbano y
fuentes públicas.
-Causar daño en árboles, plantas y jardines públicos.
-Depositar los residuos
domiciliarios fuera de los lugares y contenedores dispuestos por el Ayuntamiento.
-Depositar en los
contenedores de la vía pública residuos que por sus características deban ser entregados en el Punto
Limpio.
-Depositar en los espacios públicos muebles y objetos inútiles, fuera de los lugares, fechas
y horarios autorizados por el Ayuntamiento.
-No recoger los excrementos depositados en lugares
públicos por los animales, no introducirlos en una bolsa de plástico o arrojarlos a un lugar no
adecuado.
-Abandonar en la vía pública o en los contenedores restos de desbroces, podas, siegas,...
de gran volumen, etc.
INFRACCIONES MUY GRAVES. INFRACCIONES CON MULTAS QUE VAN DESDE LOS 1.500,01 €
HASTA LOS 3.000 €
-Romper, incendiar o arrancar o deteriorar grave y relevantemente equipamientos,
infraestructuras o instalaciones de los servicios públicos así como el mobiliario urbano.
-El
impedimento del uso de un servicio público por otra u otras personas con derecho a su utilización.
Abandonar vehículos en las vías y lugares públicos.
-Depositar en las vías o lugares públicos
contenedores para escombros o material de construcción, sin la perceptiva autorización municipal.
-Romper, arrancar o realizar pintadas en la señalización pública que impidan o dificulten su visión.
Incendiar basuras, escombros o desperdicios.
-Secar, arrancar o talar árboles situados en la vía
pública, en los parques y jardines, etc.
La denuncia se formula por los Agentes de la Autoridad y
similares.
Órgano Instructor: Ayuntamiento de El Ronquillo.
Esta ordenanza nace con el objetivo de
mejorar la convivencia de nuestro pueblo, de hacerla cada día más fácil y de aportar soluciones a
los conflictos que surjan, tratando de terminar con aquellas actuaciones perturbadoras o actitudes
que alteran la convivencia haciendo compatibles los derechos individuales de los colectivos.
La
ordenanza contempla tres tipos de infracciones según la gravedad de las acciones cometidas,
sanciones leves, graves y muy graves.
Cuando las personas infractoras no sean adultos sino menores,
los padres, tutores o guardadores, también podrán ser considerados responables de las infracciones
cometidas por los menores cuando concurran, por parte de aquellas, dolor, culpa o negligencia,
incluida la simple inobservancia. Además el órgano sancionador (Ayuntamiento) podrá decidir
sustituir la multa por trabajos en beneficio de la comunidad, asistencia a sesiones formativa o
cualqueir tipo de actividad de carácter cívico. La cuantía de la multa a pagar, dentro de cada
rango, se establecerá en función de los principios de gravedad de la infracción, la existencia de
intencionalidad, naturaleza de los perjuicios causados, la reincidiencia, la reiteración...