EMASESA establece nuevas bonificaciones tarifarias

Tarifa-Social-POST

EMASESA establece nuevas bonificaciones tarifarias

02/06/2020

EMASESA establece nuevas bonificaciones tarifarias con el fin de garantizar un mínimo vital en el consumo de agua.
La nueva tarifa social garantiza un consumo de hasta 110 litros por persona y día, estableciendo dos niveles de descuentos en función de los ingresos del conjunto de las personas que convivan en la vivienda, debiendo abonar los consumos que superen de esa cantidad:

Personas beneficiarias de bonificaciones tarifas.
VULNERABILIDAD SEVERA O EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL: Personas que convivan en la misma vivienda y cuyos rendimientos brutos conjuntos resulten inferiores al importe de la RMIS (Renta Mínima de Inserción Social) o consten acreditados en situación de riesgo de exclusión social por los servicios sociales municipales. Importe RMIS 2020: 419,52 € al mes
VULNERABILIDAD: Personas que convivan en la misma vivienda y cuyos rendimientos brutos conjuntos resulten inferiores al siguiente escalado del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente, 14 pagas):
• Suministros a viviendas en las que reside sólo 1 Persona: 1,2 veces el IPREM. 751,96 €.
• Suministros a viviendas en las que residen 2 Personas: 1,5 veces el IPREM. 939,95 €.
• Suministros a viviendas en las que residen más de 2 Personas:
por cada persona adicional a 2 se incrementará el límite en 0,2 veces el IPREM hasta un máximo conjunto de residentes de 2,1 veces el importe del IPREM.
3 personas (1,7 Iprem 1.065,28 €)
4 personas (1,9 Iprem 1.190,60 €).
5 personas (2,1 Iprem 1315,93 €).
• Las personas que estén declaradas como discapacitadas, con un grado de minusvalía igual o superior al 33% se computarán como dos a los efectos de los epígrafes anteriores.
• El resultado de la aplicación de los criterios anteriores tendrá como límite máximo 2,1 veces el IPREM.

DOCUMENTACIÓN HAY QUE APORTAR
1º.-Certificado de empadronamiento colectivo en vigor, expedido por el Ayuntamiento, en el que consten las personas que conviven en la vivienda, o Autorización a EMASESA para consultar los datos del padrón municipal, siempre que EMASESA tenga acceso telemático al mismo
2º.- Fotocopia del DNI/NIE de las personas mayores de 16 años que conviven en la vivienda.
3º.-Autorización a EMASESA a solicitar los datos de la Administración Tributaria, firmada por todas las personas mayores de 16 años que conviven en la vivienda.
- En caso de no autorizar todos los integrantes de la vivienda mayores de 16 años a EMASESA la consulta de los datos anteriores, deberán aportar los justificantes de ingresos:
• Última declaración de la renta o en su defecto de certificado o información fiscal actual de las rentas percibidas expedido por la Agencia Tributaria.
• Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
• Tarjeta de desempleo en vigor y/o vida laboral actualizada, expedido por los organismos públicos competentes, acreditativa de las rentas obtenidas por todas las personas empadronadas en el domicilio mayores de 16 años.
• Certificado de prestaciones del Servicio Estatal Público de Empleo.
• Certificado de prestaciones por renta mínima de Inserción social en Andalucía.
4ª-Certificado/s de discapacidad, expedido por la Administración competente, si fuera el caso.

¿DÓNDE Y CÓMO SOLICITARLAS?
En cualquier oficina o punto de atención al ciudadano de EMASESA (con cita previa) o en el correo tarifasocial@emasesa.com.En el 010 (línea Sevilla) o en el 955 010 010 o en tarifasocial@emasesa.com
Más información pueden acudir al Centro de Servicios Sociales, preguntar por Mercedes, los lunes y miércoles de 10:00 a 13:00, o llamando al teléfono 954 132 089