En la orden de 16 de junio de 2005, se establece las bases reguladoras para el reconocimiento de la
subvención destinada a sufragar el coste de las obras y, en su caso, de las asistencias técnicas
necesarias para mejorar la seguridad y adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan
residencia habitual y permanente.
REQUSITOS
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Ser titular de la tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco o tener reconocido un grado de minusvalía
igual o superior al 40% y movilidad reducida.
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Que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,5 veces el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples.
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Residir, de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de las mejoras.
ACTUACIONES
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Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica.
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Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda.
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Mejora de la seguiridad y adecuación de la instalación del gas.
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Adecuación del ancho de la puerta, así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.
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En los cuartos de baños, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y
adecuación de los sanitarios y grifería a las necesidades de la persona solicitante.
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Colocación de pasamanos en los pasillos.
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Cualesquiera otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de
la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
Para mayor información y trámite de solicitudes deben dirigirse al Ayuntamiento (Centro de Servicios
Sociales) y preguntar por Mercedes.