Saltar navegación

PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN 2026

BANDO PPES 2026.docx (1).report_Página_1

PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN 2026

En la Resolución n.º 5829/2026 de Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, con fecha 4 de junio de 2026, se publicó el anuncio de aprobación del Programa para la Prevención de la Exclusión Social a través del empleo 2026.

El Ayuntamiento de El Ronquillo ha tramitado la adhesión al citado Programa para la percepción de los fondos que se contemplan en el Anexo I de la citada convocatoria, que ascienden a la cantidad total de 20.075,34 €.

Además, el Ayuntamiento de El Ronquillo cofinanciará el programa con una cantidad total de 5.424,66 €.

La totalidad del programa ascenderá a 25.500 €.

Requisitos de los destinatarios

  • Estar empadronados en la entidad local de la provincia de Sevilla que realiza la contratación a 1 de enero de 2026.

  • Acreditar la situación de desempleo.

  • Pertenecer a una unidad familiar con ingresos inferiores a los siguientes umbrales económicos del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):

    • Familias de un solo miembro: hasta 1,5 veces el IPREM. 900,00 €/mes.

    • Familias de dos miembros: hasta 1,8 veces el IPREM. 1.080,00 €/mes.

    • Familias de 3 miembros: hasta 2,1 veces el IPREM. 1.260,00 €/mes.

    • Familias de 4 miembros: hasta 2,4 veces el IPREM. 1.440,00 €/mes.

    • Familias de 5 miembros: hasta 2,7 veces el IPREM. 1.620,00 €/mes.

    • Por cada miembro de la unidad familiar a partir del sexto, incluido este, se aumentará 0,30 veces el IPREM.

El IPREM queda establecido según los Presupuestos Generales del Estado para 2025:

  • Diario: 20,00 euros.

  • Mensual: 600,00 euros.

  • Anual: 7.200,00 euros.

Los ingresos que se tendrán en cuenta deben referirse a la media de los últimos 12 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, que servirán para la comprobación de los requisitos económicos.

A los efectos de este Programa, se entiende por unidad familiar:

  • Matrimonios, parejas de hecho o personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, junto con los hijos convivientes, independientemente de la edad que estos tengan.

  • En los casos de separación legal, la formada por el padre y/o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otro, independientemente de la edad que tengan.

  • Asimismo, se considerará unidad familiar independiente de la descrita en el párrafo anterior a los hijos que tengan descendencia propia, aunque formen parte de una unidad de convivencia junto con sus padres u otras personas.

  • No se considerarán incluidos en la unidad familiar otros miembros de la familia extensa (abuelos, tíos, sobrinos, etc.), aunque formen parte de la misma unidad de convivencia.

  • Ninguna persona podrá formar parte de más de una unidad familiar.

  • Se podrá presentar una solicitud por cada unidad familiar, debiendo tenerse en cuenta que en una unidad de convivencia puede existir más de una unidad familiar.

  • La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de presentación de la solicitud.

Documentación a presentar

  • Modelo de solicitud que se facilitará en las oficinas del Ayuntamiento.

  • Fotocopia del DNI del/de la solicitante.

  • Demanda de empleo.

  • Fotocopia del Libro de Familia.

  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico, donde además se especifique la fecha de empadronamiento en el municipio.

  • Justificante de ingresos de la unidad familiar de los últimos 12 meses a fecha de formular la solicitud.

  • Vida laboral actualizada de cada uno de los miembros de la unidad familiar en edad laboral.

  • Cualquier otra documentación necesaria para completar el expediente.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán entregarse en el registro del Ayuntamiento, de lunes a viernes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde la publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

A tener en cuenta

Si la persona beneficiaria se encuentra empleada en el momento de su llamamiento, ocupará el último lugar de la selección y podrá optar al programa. Si al realizarse un segundo llamamiento la misma persona se encuentra empleada, será excluida.

Lo que se hace público para general conocimiento.